Auto Supremo AS/0216/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2002

Fecha: 18-Jun-2002

Tampoco no puede dejar de considerarse, la contradicción existente entre las confesiones judiciales espontáneas que


Tampoco no puede dejar de considerarse, la contradicción existente entre las confesiones judiciales espontáneas que reflejan los documentos de fs. 30-33 -fotocopias legalizadas- y el Testimonio de fs. 76-78, ambos emergentes de un mismo proceso Ejecutivo iniciado por Takashi Tono Tanaka contra Masahide Tanaka Tono, con aseveraciones totalmente opuestas a las sostenidas en el presente proceso. De dicho análisis se tiene:

La demanda iniciada por Takashi Tono Tanaka, reclamando el pago de beneficios sociales en contra de Masahide Tanaka Tono y Sizhuo Sawamoto Tanaka, afirmando haber trabajado para el primero por el lapso de más de 16 años, empero, en el proceso ejecutivo ya referido, el actual actor, al contestar a las excepciones opuestas, afirma ser co-propietario y nunca haber sido empleado de Masahide Tanaka Tono, el actual demandado