CONSIDERANDO: Que emergente de la pesquisa emprendida por la F
CONSIDERANDO: Que emergente de la pesquisa emprendida por la F.E.L.C.N., y en un operativo rápido logró interceptar el vehículo con placa de control PP-3259 que estaba estacionado entre la calle Luís de Fuentes esquina Pando de la ciudad de Bermejo, en fecha 5 de agosto de 1998, en cuyo interior se hallaban Domingo Ibarra Moscoso y Susana Meneses Camacho y como supuesto comprador de la droga el Pol. Javier Durán Reynoso, en cuyas circunstancias se incautó la cantidad de 10.000 grs. de clorhidrato de cocaína, una balanza marca Rowenca y una pistola calibre 9 mm. marca F.N. Browning con la que el primero de los nombrados intentó resistir a su detención y, en el domicilio del encausado Juan Ibarra Moscoso, se incautó la cantidad de 10.700 grs. de cristal, que hace un total de 20.700 grs. del alcaloide, además de proceder a la destrucción de la fábrica de cocaína ubicada en el lugar denominado "Valle Dorado", droga que según la prueba acusatoria del Ministerio Público, era de propiedad del inculpado Domingo Ibarra Moscoso y su destino era la comercialización; esto se infiere tanto por la calidad del alcaloide, la cantidad y las circunstancias en que se llegó a descubrir el cargamento, hechos en los que indudablemente su conducta se encaja en la descripción del art. 48 con relación al art. 33 de la L. Nº. 1008, siendo por consiguiente el responsable directo de la acción delictiva en su calidad de agente principal
- tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que la Corte ad quem haciendo uso de la facultad que le confiere el
- CONSIDERANDO: Que la procesada Susana Meneses Camacho por medio de la Defensora de Oficio recurre
- CONSIDERANDO: Que emergente de la pesquisa emprendida por la F
- En cuanto a los procesados Emilio Mamani Mamani, Juan Ibarra Moscoso y Susana Meneses Camacho,
- Siguiendo los postulados de la doctrina penal y principalmente a los tratadistas H
- Por lo expuesto, tomando en consideración que los Tribunales de instancia, han formado convicción plena
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Regístrese y hágase saber
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