Auto Supremo AS/0238/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2002

Fecha: 27-Jun-2002

CONSIDERANDO: Que emergente de la pesquisa emprendida por la F


CONSIDERANDO: Que emergente de la pesquisa emprendida por la F.E.L.C.N., y en un operativo rápido logró interceptar el vehículo con placa de control PP-3259 que estaba estacionado entre la calle Luís de Fuentes esquina Pando de la ciudad de Bermejo, en fecha 5 de agosto de 1998, en cuyo interior se hallaban Domingo Ibarra Moscoso y Susana Meneses Camacho y como supuesto comprador de la droga el Pol. Javier Durán Reynoso, en cuyas circunstancias se incautó la cantidad de 10.000 grs. de clorhidrato de cocaína, una balanza marca Rowenca y una pistola calibre 9 mm. marca F.N. Browning con la que el primero de los nombrados intentó resistir a su detención y, en el domicilio del encausado Juan Ibarra Moscoso, se incautó la cantidad de 10.700 grs. de cristal, que hace un total de 20.700 grs. del alcaloide, además de proceder a la destrucción de la fábrica de cocaína ubicada en el lugar denominado "Valle Dorado", droga que según la prueba acusatoria del Ministerio Público, era de propiedad del inculpado Domingo Ibarra Moscoso y su destino era la comercialización; esto se infiere tanto por la calidad del alcaloide, la cantidad y las circunstancias en que se llegó a descubrir el cargamento, hechos en los que indudablemente su conducta se encaja en la descripción del art. 48 con relación al art. 33 de la L. Nº. 1008, siendo por consiguiente el responsable directo de la acción delictiva en su calidad de agente principal