Auto Supremo AS/0238/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2002

Fecha: 27-Jun-2002

Por lo expuesto, tomando en consideración que los Tribunales de instancia, han formado convicción plena


Por lo expuesto, tomando en consideración que los Tribunales de instancia, han formado convicción plena de la responsabilidad penal en la que han incurrido los procesados nombrados precedentemente, referente a los delitos atribuidos sobre los cuales pesa prueba plena en su comisión ilícita, corresponde al Supremo Tribunal en correcta administración de justicia, ajustada a los principios del debido proceso que consagra el art. 16 de la Constitución Política del Estado y art. 3º del Código de Procedimiento Penal, concordante con los arts. 1º y 6º de la L. Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, declarar infundados los recursos de casación deducidos a fs. 331-334, 335-338 y 340-342 vlta. de obrados, al no ser ciertas ni evidentes las infracciones de leyes acusadas por los procesados