Auto Supremo AS/0268/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2002

Fecha: 24-Jul-2002

Por consiguiente, al haber interpretado y aplicado correctamente la Corte de alzada el art


Por consiguiente, al haber interpretado y aplicado correctamente la Corte de alzada el art. 48 de la L. Nº 1008 y demostrado, como se halla el cuerpo del delito, exigido por el art. 133 del Cód. de Pdto. Pen. y, el déficit en la motivación del procesado de no respetar el bien jurídico tutelado por la norma infringida aludida, corresponde al Supremo Tribunal dar aplicación al inc. 2º) del art. 307 del Cód. de Pdto. Pen