CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada ha establecido la culpabilidad del incriminado Juan Calani Gómez
CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada ha establecido la culpabilidad del incriminado Juan Calani Gómez en la comisión de los ilícitos imputados, habida cuenta, que el día 30 de agosto de 1998 el anotado procesado y dos cargadores ingresaron a la habitación ocupada por Lola Flores Pacheco, de donde sacaron todas sus pertenencias a la calle hasta la acera del frente, tal como se colige en la fotografía de fs. 11, tomada durante la inspección técnica realizada por la Policía Técnica Judicial. Y, por la prueba saliente a fs. 2, 23, 40 y 41, corroboradas por las declaraciones testificales de cargo de Sonia Mia Sandoval Roncal (fs.263 vlta.), Mario Rojas Calvimontes (fs.264 y vlta.), y Elsa Inochea de Carvajal (fs.272 vlta.), la querellante ha demostrado la preexistencia y la sustracción de dos mil ochocientos dólares ($us. 2.800.-) acaecido durante el desalojo ilegal. Por otro lado, de las documentales de fs. 162 a 205 se colige que el procesado Juan Calani Gómez, estaría acostumbrado a utilizar la violencia para cometer actos delictivos como los que se juzga en contra de sus inquilinos
- y otros
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal ad-quem por Auto de Vista de fs
- Que, contra la resolución de segunda instancia, Juan Calani Gómez plantea recurso de casación, acusando
- CONSIDERANDO: Que, por disposición del art
- Tomando, en consideración el principio anotado, así como los antecedentes procesales, se establece que la
- Que, en cuanto a las infracciones acusadas en el recurso interpuesto, tampoco son evidentes, ya
- CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada ha establecido la culpabilidad del incriminado Juan Calani Gómez
- Que, en lo relativo al cuerpo del delito, no debe entenderse simplemente como la comprobación
- En consecuencia, en el caso materia de autos se cumple el contenido y prescripción del
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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