Auto Supremo AS/0280/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2002

Fecha: 29-Jul-2002

CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada ha establecido la culpabilidad del incriminado Juan Calani Gómez


CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada ha establecido la culpabilidad del incriminado Juan Calani Gómez en la comisión de los ilícitos imputados, habida cuenta, que el día 30 de agosto de 1998 el anotado procesado y dos cargadores ingresaron a la habitación ocupada por Lola Flores Pacheco, de donde sacaron todas sus pertenencias a la calle hasta la acera del frente, tal como se colige en la fotografía de fs. 11, tomada durante la inspección técnica realizada por la Policía Técnica Judicial. Y, por la prueba saliente a fs. 2, 23, 40 y 41, corroboradas por las declaraciones testificales de cargo de Sonia Mia Sandoval Roncal (fs.263 vlta.), Mario Rojas Calvimontes (fs.264 y vlta.), y Elsa Inochea de Carvajal (fs.272 vlta.), la querellante ha demostrado la preexistencia y la sustracción de dos mil ochocientos dólares ($us. 2.800.-) acaecido durante el desalojo ilegal. Por otro lado, de las documentales de fs. 162 a 205 se colige que el procesado Juan Calani Gómez, estaría acostumbrado a utilizar la violencia para cometer actos delictivos como los que se juzga en contra de sus inquilinos