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    Auto Supremo AS/0280/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0280/2002

    Fecha: 29-Jul-2002

    CONSIDERANDO: Que, por disposición del art


    CONSIDERANDO: Que, por disposición del art. 278 del Código de Procedimiento Penal, los Jueces y Tribunales circunscribirán sus resoluciones a los puntos recurridos
    • y otros
    • CONSIDERANDO: Que, el Tribunal ad-quem por Auto de Vista de fs
    • Que, contra la resolución de segunda instancia, Juan Calani Gómez plantea recurso de casación, acusando
    • CONSIDERANDO: Que, por disposición del art
    • Tomando, en consideración el principio anotado, así como los antecedentes procesales, se establece que la
    • Que, en cuanto a las infracciones acusadas en el recurso interpuesto, tampoco son evidentes, ya
    • CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada ha establecido la culpabilidad del incriminado Juan Calani Gómez
    • Que, en lo relativo al cuerpo del delito, no debe entenderse simplemente como la comprobación
    • En consecuencia, en el caso materia de autos se cumple el contenido y prescripción del
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Regístrese y hágase saber
    • Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
    • 1

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