Auto Supremo AS/0240/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2002

Fecha: 12-Ago-2002

Que, así como la renta de vejez trata de solucionar por una parte la pérdida


Que a decir del art. 4 del precitado D.L., el Seguro Social Militar administra el Sistema de Prestaciones: Prestaciones Básicas y Prestaciones Complementarias, éste último comprende el Régimen de Cesantía y el Régimen de Capital Asegurado.

Que, así como la renta de vejez trata de solucionar por una parte la pérdida de la capacidad del trabajo y la subsistencia del trabajador jubilado, de la misma manera se han instaurado en algunas instituciones, los fondos de retiro, que son como su nombre lo indica, montos de dinero que se van acumulando para ser entregados a los trabajadores una vez retirados de sus fuentes de trabajo, y que vienen a constituirse en una especie de seguros complementarios a la renta de vejez a que tiene derecho el aportante. Así nacen los fondos de retiro, fondos complementarios o como en el caso de las Fuerzas Armadas, el "capital de cesantía" que el Seguro Social Militar le reconoce a su asegurado que cumple con lo dispuesto por la Ley de Seguridad Social Militar