Auto Supremo AS/0330/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2002

Fecha: 05-Sep-2002

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución inmersa en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, CASA el Auto de vista de fs. 131-132 y deliberando en el fondo declara PROBADA en parte la demanda de fs. 6-7 de obrados correspondiendo el pago de desahucio e indemnización por el último periodo de la relación laboral, más 14 meses de salarios como sanción. Con responsabilidad que se fija en la multa de Bs. 50 para el Juez A quo y Bs. 100 para uno de los Vocales que suscribieron el Auto de Vista citado, a ser descontada por planillas