Auto Supremo AS/0332/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2002

Fecha: 07-Sep-2002

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a éste tribunal resolver el fondo del litigio en aplicación de los señalado en el art. 274 del Código de Procedimiento Civil, conforme a la norma remisiva señalada en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el Dictamen del Fiscal General de la República de fs. 181, CASA el Auto de Vista de fs. 170 y, deliberando en el fondo, declara IMPROBADA la demanda de Iván Galarza Gómez y PROBADA la excepción de Prescripción opuesta a fs. 89 por la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho. Sin responsabilidad por ser excusable