Tanto la Sentencia como el Auto de Vista confirmatorio adoptan el criterio de que el
Tanto la Sentencia como el Auto de Vista confirmatorio adoptan el criterio de que el actor mantuvo una relación laboral "ininterrumpida" entre 1964 y 1997, pero que se produjeron dos interrupciones por motivos político sindicales, los que fueron reconocidos por la Universidad para fines de antigüedad, por lo que, desestimando los efectos de la renuncia producida en 1986 y la excepción de prescripción opuesta, declararon probada la pretensión de pago de un monto indemnizatorio por los períodos en que el actor fue retirado de su fuente de trabajo por causas político sindicales
- AUTO SUPREMO No. 332-Social Sucre, 07 de septiembre de 2002
- PARTES: Ivan Galarza Gómez c/ Universidad Autónoma Juan Misael Saracho
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que del examen de antecedentes se evidencia lo siguiente
- Tanto la Sentencia como el Auto de Vista confirmatorio adoptan el criterio de que el
- En autos se establece que el actor prestó servicios para la Universidad demandada en dos
- A fs
- Siendo el objeto del proceso social el reconocimiento de los derechos consignados en la ley
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para formar Resolución en la presente causa, interviene el Dr
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 07 de septiembre de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
