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    Auto Supremo AS/0352/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0352/2002

    Fecha: 17-Sep-2002

    A su turno, Luis Miguel Ureña Calderón, apoderado del Banco Solidario S


    A su turno, Luis Miguel Ureña Calderón, apoderado del Banco Solidario S.A., en su recurso de casación de fs. 997-998, acusa la violación del art. 22 de la C.P.E.; art. 1360 y 1383 del Código Civil, así como el art. 71 de la Ley 1008; pide se case el Auto recurrido y se deje sin efecto la incautación del inmueble de propiedad de Heriberto Apio Huarachi, por estar hipotecado a favor del Banco con anterioridad al hecho delictivo cometido por éste
    • tráfico de sustancias controladas
    • CONSIDERANDO: Que, concluido el plenario, se dicta la sentencia de fs
    • Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada,
    • Que, del anterior fallo, recurren de nulidad o casación Heriberto Apio Huarachi y Juana Estrada
    • Por su parte Eugenio Tapia a fs
    • A su turno, Luis Miguel Ureña Calderón, apoderado del Banco Solidario S
    • Finalmente, a fs
    • CONSIDERANDO: Que, del examen de los datos que arroja el proceso, con relación a la
    • Que, en cuanto a los recursos de casación interpuestos por Eugenio Tapia (fs
    • En cuanto al segundo recurso, confunde el derecho de propiedad sobre un inmueble con el
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de
    • RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído.- David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.

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