Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada,
Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada, mediante Auto de Vista de fs. 973-976, confirma la sentencia apelada, con la modificación en cuanto a la pena fijada a la co-procesada Juana Estrada Arias, imponiéndole la pena de cuatro años, dos meses y veinte días de presidio a cumplir en el penal de San Pedro de la ciudad de Oruro, más el pago de 333 días multa a razón de Bs. 0 25 por día y a pagar la suma de Bs. 200.- por daños y perjuicios, más costas a favor del Estado
- tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, concluido el plenario, se dicta la sentencia de fs
- Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, como Tribunal de alzada,
- Que, del anterior fallo, recurren de nulidad o casación Heriberto Apio Huarachi y Juana Estrada
- Por su parte Eugenio Tapia a fs
- A su turno, Luis Miguel Ureña Calderón, apoderado del Banco Solidario S
- Finalmente, a fs
- CONSIDERANDO: Que, del examen de los datos que arroja el proceso, con relación a la
- Que, en cuanto a los recursos de casación interpuestos por Eugenio Tapia (fs
- En cuanto al segundo recurso, confunde el derecho de propiedad sobre un inmueble con el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
