Auto Supremo AS/0023/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2003

Fecha: 14-Ene-2003

Que tampoco es menester referirse a la ganancialidad de los bienes cuya desafectación se ha


Que tampoco es menester referirse a la ganancialidad de los bienes cuya desafectación se ha dispuesto y menos sobre los alcances de la preceptiva familiar traída en el recurso, por las razones anteriormente anotadas referidas al sujeto o persona del tercerista, habida cuenta que ese aspecto corresponde determinar al Juez que conoce el divorcio con aplicación de los arts. 10, 116 y 117 del Cód. de Fam., los que no constituyen respaldo o reserva legal en la decisión de la tercería que se analiza y resuelve