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    Auto Supremo AS/0036/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0036/2003

    Fecha: 27-Ene-2003

    Que, conforme establece el art


    Que, conforme establece el art. 194 del Código de Procedimiento Civil, las disposiciones de la sentencia sólo comprenderán a las partes que intervinieren en el proceso y a las que trajeren o derivaren sus derechos de aquéllas. En el caso de los procesos de usucapión precitados, como bien han sentenciado los de grado, la actora Carmen Quiñonez Avilés no ha sido demandada
    • AUTO SUPREMO N° 36 Sucre, 27 de enero de 2003
    • DISTRITO : Cochabamba JUICIO : Ordinario - Mejor derecho de propiedad, reivindicación, entrega y posesión
    • PARTES : Carmen Rosa Quiñónez Avilés c/ Agustín Peña Orco y otros
    • CONSIDERANDO: La demanda sobre mejor derecho, reivindicación, entrega y posesión del inmueble con una extensión
    • Sentencia que apelada por los demandados, es confirmada mediante auto de vista de fs
    • CONSIDERANDO: De la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto, se tiene que
    • Que, conforme establece el art
    • En definitiva, como se tiene expresado, el Tribunal de Alzada no ha violado el principio
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído : Sucre, 27 de enero de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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