Sentencia que apelada por los demandados, es confirmada mediante auto de vista de fs
Sentencia que apelada por los demandados, es confirmada mediante auto de vista de fs. 363 a 365 pronunciado por el Tribunal ad quem, y contra el cual tres de los demandados, Gerardo Orco Quispe, Francisca Durán Jiménez y Mercedes Gutiérrez, recurren de casación acusando que el tribunal de alzada hubiera infringido los arts. 25, 26, 27, 29 y 30 de la Ley de Organización Judicial, 31 de la Constitución Política del Estado y art. 1451 del Código Civil concordante con el art. 515 de su Procedimiento. Argumentan que el juez no tenía competencia alguna para revisar fallos ejecutoriados constituyéndose ilegalmente en revisor, modificador y revocador de otra sentencia pronunciada por juez competente que declaró su derecho de propiedad respecto al lote en litigio y que la Corte ad quem al confirmar la sentencia viola el art. 30 de la L.O.J. y 31 de la C.P.E
- AUTO SUPREMO N° 36 Sucre, 27 de enero de 2003
- DISTRITO : Cochabamba JUICIO : Ordinario - Mejor derecho de propiedad, reivindicación, entrega y posesión
- PARTES : Carmen Rosa Quiñónez Avilés c/ Agustín Peña Orco y otros
- CONSIDERANDO: La demanda sobre mejor derecho, reivindicación, entrega y posesión del inmueble con una extensión
- Sentencia que apelada por los demandados, es confirmada mediante auto de vista de fs
- CONSIDERANDO: De la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto, se tiene que
- Que, conforme establece el art
- En definitiva, como se tiene expresado, el Tribunal de Alzada no ha violado el principio
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 27 de enero de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
