Que, además de la causal de nulidad expuesta líneas arriba, es de anotar que el
Que, además de la causal de nulidad expuesta líneas arriba, es de anotar que el Auto de Vista también incurre en la causal de nulidad que prevé el art. 254-4) del adjetivo civil, en relación con el recurso de casación en la forma que interpone la Fiambrería y Salchichería Alemana Limitada (FYSAL), pues no honra la resolución de vista, el principio de congruencia y exhaustividad, al no comprender todos los puntos expuestos como agravios en el recurso de apelación
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, el principio fundamental del debido proceso que debe inspirar toda secuencia procesal, impone el
- Que, el art
- En el sub lite, de una revisión de los obrados, se evidencia que los concursantes
- Que las circunstancias anotadas, debían haber sido observadas por el tribunal ad quem, tal como
- Que, además de la causal de nulidad expuesta líneas arriba, es de anotar que el
- Por lo que este Tribunal Supremo se ve obligado nuevamente a aplicar las normas previstas
- POR TANTO: La Sala Civil de La Excma
- No siendo excusable la omisión en la que incurrieron tanto el a quo como los
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 10 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
