POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara INFUNDADO el recurso, con costas. Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos Quinientos que mandará hacer efectivo el tribunal ad quem
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: El auto de vista confirma el auto definitivo N° 230/02 pronunciado el 6 de
- Contra la resolución de vista, los demandantes interponen recurso de casación en el fondo, acusando
- CONSIDERANDO: Que, al tratarse la acción interpuesta de una demanda de resolución de contrato y
- Revisados los obrados, el testimonio N° 122/97 de fs
- Que, la demanda de fs
- En el sub lite, si la demanda ha sido interpuesta el año 2001, no existe
- Que, el Tribunal ad quem al confirmar la determinación de la juez a quo, ha
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 20 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
