POR TANTO: La Sala Civil de La Excma
POR TANTO: La Sala Civil de La Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo la potestad que le confiere el numeral 1) del art. 58 de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 649, CASA parcialmente el auto de vista y deliberando en el fondo mantiene la sentencia de fs. 422 a 426, con la modificación que se otorga la tenencia del hijo menor a la madre Mireya Herrero Téllez, concediendo al padre Roberto Piñero Romay el derecho de supervigilar su educación y mantenimiento, así como el derecho de visita, debiendo al efecto el juez de origen, en ejecución de sentencia, fijarle una asistencia familiar a favor del menor, así como fijar las condiciones mas convenientes de visita, siempre velando por el interés del menor
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que en este proceso doble de divorcio absoluto intentado por ambos cónyuges, la sentencia
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación centra su impugnación en la tenencia del hijo menor
- Que, el art
- CONSIDERANDO: Que el informe psicológico elaborado por la Psicóloga Lic
- Que, la Convención sobre los Derecho del Niño de 20 de noviembre de 1989, suscrita
- Que, en atención al texto internacional citado y las disposiciones legales internas previstas por el
- Que, el desarrollo físico, mental, moral, espiritual, emocional y social que proclama el art
- POR TANTO: La Sala Civil de La Excma
- No siendo excusable la actuación del juez y del tribunal de grado, se les impone
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Proveído : Sucre, 22 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
