Auto Supremo AS/0337/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2003

Fecha: 28-Oct-2003

Que, el juez de primera instancia, al dejar sin efecto el auto de 15 de


Que, el juez de primera instancia, al dejar sin efecto el auto de 15 de agosto de 2000, obró correctamente, primero porque dicha determinación judicial no tenía carácter de definitivo, por consiguiente podía ser revocado por el propio juez que lo dictó, con la facultad que le confiere el art. 189 del adjetivo civil; en segundo lugar, porque estaba en el deber de velar porque el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, como le manda el art. 3-1) del igual cuerpo legal