encajar en la conceptualización descriptiva que hace el tercer periodo del art
Al no presentar el Auto de Vista arrimado como precedente, ninguna contradicción con el Auto de Vista de fecha 21 de abril de 2003 de fs. 104-105, motivo del recurso de casación, que permita
encajar en la conceptualización descriptiva que hace el tercer periodo del art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el Supremo Tribunal en casos similares ya resueltos con anterioridad ha fijado una línea uniforme, en sentido de declarar infundado el recurso de casación, "cuando sea notoria la ausencia de contradicción por guardar relación la interpretación y sentido de las normas en la decisión de los casos similares", siendo aplicable este mismo criterio jurídico al recurso incoado a fs. 111-112 vlta. de
- Tentativa de asesinato y robo agravado
- la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado por el art
- sustanciación del juicio, los que se califican en la suma de Bs
- En apelación restringida, la Corte ad quem mediante Auto de Vista de fecha 21 de
- CONSIDERANDO: Que atacando el Auto de Vista señalado al exordio, recurren de casación los imputados
- 2°
- 3°
- 4°
- El corolario de agravios, nuclearmente se basan en disquisiciones insustentables, puesto que se especifican defectos
- CONSIDERANDO: Que el Auto de Vista de fs
- encajar en la conceptualización descriptiva que hace el tercer periodo del art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada. Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
