Auto Supremo AS/0591/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2003

Fecha: 26-Nov-2003

encajar en la conceptualización descriptiva que hace el tercer periodo del art


Al no presentar el Auto de Vista arrimado como precedente, ninguna contradicción con el Auto de Vista de fecha 21 de abril de 2003 de fs. 104-105, motivo del recurso de casación, que permita

encajar en la conceptualización descriptiva que hace el tercer periodo del art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el Supremo Tribunal en casos similares ya resueltos con anterioridad ha fijado una línea uniforme, en sentido de declarar infundado el recurso de casación, "cuando sea notoria la ausencia de contradicción por guardar relación la interpretación y sentido de las normas en la decisión de los casos similares", siendo aplicable este mismo criterio jurídico al recurso incoado a fs. 111-112 vlta. de obrados, por expresa disposición de la primera parte del segundo periodo del art. 419 de la Ley Procesal Penal