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    Auto Supremo AS/0591/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0591/2003

    Fecha: 26-Nov-2003

    POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


    POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y conforme a la primera parte del segundo periodo del art. 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Franz Reynaldo González González y Fabio Moreno Justiniano a fs. 111-112 vlta., de obrados, con costas
    • Tentativa de asesinato y robo agravado
    • la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado por el art
    • sustanciación del juicio, los que se califican en la suma de Bs
    • En apelación restringida, la Corte ad quem mediante Auto de Vista de fecha 21 de
    • CONSIDERANDO: Que atacando el Auto de Vista señalado al exordio, recurren de casación los imputados
    • 2°
    • 3°
    • 4°
    • El corolario de agravios, nuclearmente se basan en disquisiciones insustentables, puesto que se especifican defectos
    • CONSIDERANDO: Que el Auto de Vista de fs
    • encajar en la conceptualización descriptiva que hace el tercer periodo del art
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada. Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara

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