Auto Supremo AS/0389/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2003

Fecha: 10-Dic-2003

En el caso de autos, el recurrente a tiempo de interponer su recurso de casación


En el caso de autos, el recurrente a tiempo de interponer su recurso de casación en la forma no es claro en su exposición, al parecer señala que la primera sentencia pronunciada por el juez a quo a fs. 338 a 347, hubiere sido anulada por el tribunal superior por haber omitido la parte referente a las mejoras introducidas y que la sentencia apelada y confirmada es una repetición de la anterior y solo aumentó en la parte resolutiva lo referido a los daños y perjuicios, decisión con la que el recurrente no estuviera de acuerdo, si esto es así, éste debía haber recurrido de casación en su momento contra el auto de vista que decidió anular la sentencia, que al no haberlo hecho su derecho habría caducado, por lo que mal puede este Tribunal Supremo pronunciarse