Auto Supremo AS/0078/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2003

Fecha: 20-Feb-2003

En consecuencia, no estando en discusión ni ser parte del "thema decidendum" la filiación de


En consecuencia, no estando en discusión ni ser parte del "thema decidendum" la filiación de la actora, menos el desconocimiento de su parentesco de consanguinidad con la de cujus Bertha Ivette Vaca Guzmán Arandia, estando al contrario, ampliamente admitida no solo porque se la demandó en esa condición en el proceso acumulado, sino porque cualquier objeción a su certificado de bautismo por ser nacida antes de 1940 y que tiene la fe del art. 179 del Pdto. Civ. abrogado, y a la declaratoria judicial de heredera y su registro en Derechos Reales, las resoluciones de grado no han infringido ninguna disposición legal de derecho civil como de derecho familiar mencionadas en el recurso, como tampoco en lo referente al derecho de sucesión hereditaria de la actora y los demandados, en cuanto a su vocación y porcentaje al acervo hereditario relicto al fallecimiento de la hermana y tía, respectivamente, en cuya virtud no es venido el caso de aplicar la censura prevista en el caso 3°) del Cód. de Pdto. Civ., en cuanto a la prueba, menos lo previsto en el numeral 1°) por no ser ciertas las violaciones acusadas o la indebida aplicación de la ley