CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los fallos ejecutoriados, en relación a los
CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los fallos ejecutoriados, en relación a los fundamentos del demandante y la prueba que acompaña, se establece lo siguiente:
1º. Si bien consta que ha sido condenado a la pena de un año y ocho meses de privación de libertad por los delitos de calumnia e injuria; sin embargo al peticionar como causal de revisión de sentencia, el numeral 3) del art. 421 del Código de Procedimiento Penal, no acompaña el fallo posterior ejecutoriado que acredite que se hubiera condenado por delitos propios de la función judicial a quienes emitieron la sentencia y confirmaron la misma
- PARTES: Walter Calle Quiñónez, revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: Que Walter Calle Quiñónez, deduce revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, invocando los arts
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los fallos ejecutoriados, en relación a los
- 2º
- CONSIDERANDO: Que el análisis anterior coloca al descubierto que el demandante Walter Calle Quiñónez al
- En el caso de autos, al margen de no haber presentado el fallo de delitos
- La doctrina penal adecuadamente denomina a la revisión, acción o demanda; por cuanto su finalidad
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
