En el caso de autos, al margen de no haber presentado el fallo de delitos
En el caso de autos, al margen de no haber presentado el fallo de delitos propios de la función judicial; esto es posterior a la sentencia condenatoria impuesta, no concurren los elementos de prueba nueva relevante e irrefutable que conduzca al Supremo Tribunal a "rescindir" la condena impuesta
- PARTES: Walter Calle Quiñónez, revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: Que Walter Calle Quiñónez, deduce revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, invocando los arts
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los fallos ejecutoriados, en relación a los
- 2º
- CONSIDERANDO: Que el análisis anterior coloca al descubierto que el demandante Walter Calle Quiñónez al
- En el caso de autos, al margen de no haber presentado el fallo de delitos
- La doctrina penal adecuadamente denomina a la revisión, acción o demanda; por cuanto su finalidad
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
