La doctrina penal adecuadamente denomina a la revisión, acción o demanda; por cuanto su finalidad
La doctrina penal adecuadamente denomina a la revisión, acción o demanda; por cuanto su finalidad es "rescindir" sentencias condenatorias firmes e injustas, por las causales contenidas en la Ley procesal penal; empero, es cuando existen elementos formales valederos que propicien situaciones clamorosamente injustas, dignas de ser reparadas inmediatamente, lo que no sucede en el caso examinado, al estar ausentes los presupuestos y pruebas idóneas no conocidas por los Tribunales; omisiones insalvables que encaminan a que el Supremo Tribunal de aplicación al primer periodo del art. 423º del Código de Procedimiento Penal; sin que la decisión adoptada en los términos de la parte resolutiva, de ninguna manera limite el derecho que tiene el condenado, hoy recurrente de hacer uso de la permisión que le confiere el art. 427º de la L. Nº 1970
- PARTES: Walter Calle Quiñónez, revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: Que Walter Calle Quiñónez, deduce revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, invocando los arts
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los fallos ejecutoriados, en relación a los
- 2º
- CONSIDERANDO: Que el análisis anterior coloca al descubierto que el demandante Walter Calle Quiñónez al
- En el caso de autos, al margen de no haber presentado el fallo de delitos
- La doctrina penal adecuadamente denomina a la revisión, acción o demanda; por cuanto su finalidad
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
