Auto Supremo AS/0133/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2003

Fecha: 11-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que el recurso así intentado, en cuanto a la nulidad procesal resulta inatendible porque


CONSIDERANDO: Que el recurso así intentado, en cuanto a la nulidad procesal resulta inatendible porque no reparan los recurrentes la firmeza del auto supremo de fs. 148, que avala el procesamiento de la causa hasta el auto de vista, por lo que, resulta ocioso acusar vicios como la falta de citación con la reconvención, máxime si los reconvenidos contestaron la mutua petición subsanando cualquier falta o deficiencia formal en la diligencia, por mandato del art. 129 del Cód. de Pdto. Civ., como sostiene el tribunal ad quem. Que las demás quejas repositorias al igual que la anterior resultan inoperantes y salen del encaje de la especificidad que exige el ordenamiento procesal civil