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    Auto Supremo AS/0133/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0133/2003

    Fecha: 11-Abr-2003

    El recurso centra su petición en la nulidad de obrados por haberse deslizado -dice- vicios


    El recurso centra su petición en la nulidad de obrados por haberse deslizado -dice- vicios procesales, entre ellos, la falta de citación con la reconvención. Una segunda parte enfoca a la rescisión por lesión enorme que se habría consumado en la venta, cuya nulidad está demandada. Finalmente, que el tribunal ad quem no habría saneado el proceso antes de pronunciar resolución, así como por no haberse declarado la perención de instancia
    • AUTO SUPREMO N° 133 Sucre, 11 de abril de 2003
    • DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Nulidad de contrato de venta y reconvención
    • RESULTANDO: Que el auto de vista pronunciado en segunda instancia por la Sala Civil Segunda
    • El recurso centra su petición en la nulidad de obrados por haberse deslizado -dice- vicios
    • CONSIDERANDO: Que el recurso así intentado, en cuanto a la nulidad procesal resulta inatendible porque
    • Que la demanda es de nulidad de venta y no de rescisión por lesión, institutos
    • Que el saneamiento reclamado es impertinente frente al efecto procesal del auto supremo referido, como
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • No se regula el honorario de abogado por no estar contestado el recurso
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído : Sucre, 11 de abril de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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