Auto Supremo AS/0153/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2003

Fecha: 22-Abr-2003

2) Que el juez a quo define mediante auto definitivo a fs


CONSIDERANDO: Que de una revisión atenta y minuciosa de este proceso ordinario doble, se infiere: 1) Que el actor demanda varias pretensiones como ser: reconocimiento de su mejor derecho de propiedad al lote de terreno de 200 m2 ubicado en el callejón Simón Rodríguez, zona Vino Tinto; reivindicación de dicho inmueble; cancelación del registro del derecho del demandado en Derechos Reales por fraudulenta e inexistencia del derecho de éste como acción negatoria. Por su parte el demandado opone la excepción de cosa juzgada como perentoria a tiempo de contestar a la demanda, niega los fundamentos de ésta alegando que el derecho del actor se basa en documentos que han sido declarados falsos en la vía penal y reconviene por daños y perjuicios.

2) Que el juez a quo define mediante auto definitivo a fs. 58 en fecha 30 de diciembre de 1998 la excepción de cosa juzgada comprendiéndola como previa, rechazándola por no reunir los requisitos exigidos por el art. 1319 del Cód. Civ., auto impugnado mediante recurso ordinario por el demandado, sin que haya prosperado la alzada por haber sido abandonada, causando por ello ejecutoria