3º
3º. Concluye sin ninguna sindéresis técnica jurídica en pedir al Supremo Tribunal, se sirva casar en su totalidad el Auto de Vista recurrido, y deliberando en el fondo determine que no ha cometido el delito de estelionato en contra de la querellante, declarándolo inocente, olvidando que ésta forma de resolución corresponde al Procedimiento Penal ya abrogado de 1973
- PARTES: Ana María Rojas Guzmán y otro c/ Carmelo Zurita Jiménez
- CONSIDERANDO: Que el marco del nuevo Código de Procedimiento Penal en relación a la doctrina
- CONSIDERANDO: Que revisado el recurso de casación y nulidad con objetividad funcional e imparcialidad y
- 2º
- 3º
- Por lo anteriormente expuesto, tomando en cuenta que el ritual de la formalidad legal es
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a sus funciones de Ministro
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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