Auto Supremo AS/0232/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0232/2003

Fecha: 29-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que el marco del nuevo Código de Procedimiento Penal en relación a la doctrina


estelionato




VISTOS: El recurso de casación y nulidad interpuesto por Carmelo Zurita Jiménez a fs. 394-402, impugnando el Auto de Vista de fecha 12 de abril de 2003 de fs. 380 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusadora particular Ana María Rojas Guzmán contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de estelionato; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, los precedentes civiles invocados y todo cuanto ver convino; y

CONSIDERANDO: Que el marco del nuevo Código de Procedimiento Penal en relación a la doctrina legal, reconoce que el recurso de casación se caracteriza no solamente por estar equiparado a una demanda nueva de puro derecho, sino que para su interposición es pertinente que el legitimado al recurrir haya señalado ya en apelación restringida la contradicción del fallo que pretende rever, con precedentes jurisprudenciales emitidos en sedes de las Cortes Superiores en sus Salas Penales o, bien por la Corte Suprema en su Sala Penal, aparejando para el efecto copia del recurso de apelación restringida, a objeto de verificar el o los precedentes similares invocados a la situación jurídica, plagados de contradicción, sea por haberse aplicado normas distintas a una misma situación con diverso alcance