Auto Supremo AS/0111/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2003

Fecha: 15-May-2003

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución prevista en el inc. 1) del art. 60 de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el Dictamen del Fiscal General de la República de fs. 97-98, CASA el Auto de Vista de fs. 81 y, deliberando en el fondo, declara IMPROBADA la demanda de fs. 17, con costas. Con responsabilidad que se fija en Bs. 100 al Juez de primera instancia y a cada uno de los vocales que suscribe la resolución recurrida, a descontarse por planilla. Fue de voto disidente el Ministro Dr. Freddy Reynolds Eguía