Auto Supremo AS/0112/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0112/2003

Fecha: 30-May-2003

CONSIDERANDO: Que no obstante el argumento del demandante referente a la inexistencia de dolo en


CONSIDERANDO: Que no obstante el argumento del demandante referente a la inexistencia de dolo en el acto de cruzar el puente internacional del Desaguadero, se evidencia, por el contrario, que la falta de póliza de importación, MC/DTA, documento que autorice al camión Volvo Placa de Control Nro. WH-8698 circular como porteador internacional autorizado, además del incriminante hecho de que el MC/DTA Nro. 0960741, presentado a fs. 50-56 como prueba fuera vendido a la Empresa Nacional de Ferrocarriles y no así a la Empresa de Transportes S.A., como da a entender la parte demandante al presentar dicho MC/DTA a nombre de la Empresa Nacional de Transporte S.A., circunstancia ésta que demuestra de manera incontrovertible el dolo y la intención de ingresar en territorio nacional mercadería de manera ilícita