Auto Supremo AS/0134/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2003

Fecha: 12-Jun-2003

La depuración de pasivos no consideró la documentación expedida por instituciones bancarias acreditando obligaciones pendientes,


La depuración de pasivos no consideró la documentación expedida por instituciones bancarias acreditando obligaciones pendientes, violando así el art. 4° del D.S. 21424 y afectando los resultados sobre base presunta. Este aspecto también fue expresamente considerado por el Juez A quo quien admitiendo la justicia del reclamo redujo en la liquidación final los importes correspondientes a los pasivos bancarios acreditados por el contribuyente