Auto Supremo AS/0149/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0149/2003

Fecha: 20-Jun-2003

El primer aspecto que corresponde analizar es el relativo al sujeto pasivo del tributo ya


El primer aspecto que corresponde analizar es el relativo al sujeto pasivo del tributo ya sea en calidad de contribuyente o responsable. Los contribuyentes del impuesto RC-IVA, en este caso, son los dependientes de la Corte Superior de Chuquisaca en quienes se verifica el hecho generador de la obligación tributaria por la percepción de sueldos (art. 24 del Código Tributario) y 19, 22 de la Ley 843). La Corte Superior de Chuquisaca, sin tener el carácter de contribuyente, por tener obligaciones tributarias específicamente atribuidas, es mas bien el sujeto responsable como agente de retención, a través del funcionario o unidad que tiene a su cargo las operaciones de retención de tributos, respondiendo solidariamente con el contribuyente (arts. 27 y 30 del Código Tributario)