Auto Supremo AS/0314/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2003

Fecha: 13-Jun-2003

CONSIDERANDO: Que la sentencia condenatoria de fs

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 314 Sucre 13 de junio de 2003



DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Félix Eduardo Carvallo Angulo c/ Bertha Apacani Quispe,

giro de cheque en descubierto

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García




VISTOS: El recurso de casación de fs. 179-182 interpuesto por Felix Eduardo Carvallo Angulo impugnando el Auto de Vista de fs. 168-170 de fecha 6 de noviembre de 2002, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Bertha Apacani Quispe, por la comisión del delito de giro de cheque en descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal; los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO: Que la sentencia condenatoria de fs. 113-114 de 23 de agosto de 2002 declara a la imputada Bertha Apacani Quispe autora de la comisión del delito de giro de cheque en descubierto, tipificado y sancionado por el art. 204 del Código Penal imponiéndole la pena de tres años y seis meses de reclusión en la cárcel pública de San Sebastián sección mujeres de la ciudad de Cochabamba, más multa de 80 días a razón de un Bs. día con costas y resarcimiento del daño civil averiguable en ejecución de sentencia, en aplicación del art. 365 del Código de Procedimiento Penal