CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y pruebas presentadas, se concluye
CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y pruebas presentadas, se concluye:
El Parte de Especies Secuestradas (P.E.S.) Nro. 16/99 da cuenta del comiso del camión marca Mercedes Benz placa de control K-80188 y del acople placa de control K-35757 en el puesto aduanero de Abapó, por parte de funcionarios de la entonces Unidad de Resguardo y Vigilancia Aduanera. Como emergencia de que la mercadería transportada no contaba con documentación que respalde su internación legal al país, mediante proceso administrativo sobre contrabando se pronunció el Auto Final Administrativo Nro. 32/99 de 02.06.99 (fs. 47), por el que se declaró probado el delito de contrabando conforme a lo dispuesto por los arts. 102, 103 y 104 del Código Tributario, concordante con el D.S. 22126 de 15.02.89, disponiéndose el comiso definitivo de dicha mercadería y su remate en subasta pública en ejecución de Autos. Esta resolución cobró ejecutoria mediante el Auto Nro. 33/99 de 08.06.99 (fs. 48), al no haberse interpuesto, por la parte demandada, ningún recurso de ley dentro del término establecido para el efecto
- AUTO SUPREMO No. 152-C. Tributario Sucre, 23 de julio de 2003
- PARTES: José Uriel Sejas Loayza c/ Aduana Regional Santa Cruz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y pruebas presentadas, se concluye
- En relación a la supuesta pérdida de competencia de la Administración para resolver la consulta
- Habiéndose pronunciado resolución administrativa que cobro debida ejecutoria (Auto Final Administrativo Nro
- Por lo que siendo evidente la infracción acusada en casación, corresponde observar lo previsto por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Para formar Resolución interviene el Dr. Kenny Prieto Melgarejo, Ministro de la Sala Civil
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 23 de julio de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
