CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 91, por Orlando Calderón Delgado, Gerente Regional de la Aduana Interior Santa Cruz, contra el Auto de Vista de fs. 87, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso contencioso tributario seguido por José Uriel Sejas Loayza, contra la entidad recurrente; los antecedentes del proceso, Dictamen Fiscal de fs. 108-109 y,
CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs. 6-8, el Juez Primero en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de Santa Cruz pronuncio Sentencia de fs. 72-74, declarando PROBADA la demanda contencioso tributaria. La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista de fs. 87, CONFIRMANDO la sentencia apelada, fallo que motivó el recurso de casación que acusa que el Tribunal de segunda instancia ignoró lo dispuesto por el art. 26 numeral 6 del D.S. 22126 en relación a las sanciones previstas para los vehículos que transporten mercadería indocumentada e incumplimiento del art. 197 del Código de Procedimiento Civil referido a la consulta de la sentencia
- AUTO SUPREMO No. 152-C. Tributario Sucre, 23 de julio de 2003
- PARTES: José Uriel Sejas Loayza c/ Aduana Regional Santa Cruz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y pruebas presentadas, se concluye
- En relación a la supuesta pérdida de competencia de la Administración para resolver la consulta
- Habiéndose pronunciado resolución administrativa que cobro debida ejecutoria (Auto Final Administrativo Nro
- Por lo que siendo evidente la infracción acusada en casación, corresponde observar lo previsto por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Para formar Resolución interviene el Dr. Kenny Prieto Melgarejo, Ministro de la Sala Civil
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 23 de julio de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
