Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0240/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0240/2003

    Fecha: 22-Ago-2003

    Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos quinientos que mandará hacer


    Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos quinientos que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
    • MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • CONSIDERANDO: La resolución de vista confirma íntegramente la sentencia apelada, la que a su vez
    • Contra esta resolución, la demandada Margarita Loza Castro recurre de casación, acusando que el Tribunal
    • CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en el fondo, abre la competencia del Tribunal Supremo
    • Que, conforme las previsiones contenidas en los arts
    • En el caso específico de la valoración de la prueba testifical, debemos inexcusablemente remitirnos al
    • CONSIDERANDO: De la revisión de obrados, en función al recurso interpuesto, se llega al convencimiento
    • La afirmación precedente, nos lleva a concluir que si el Estado, a través de los
    • En el caso de autos, el tribunal de alzada a tiempo de pronunciar su resolución
    • Por todo lo expuesto, se concluye que la prueba aportada a obrados ha sido valorada
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bolivianos quinientos que mandará hacer
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Proveído : Sucre, 22 de agosto de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca