Auto Supremo AS/0398/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2003

Fecha: 18-Ago-2003

CONSIDERANDO: Que el Auto de Vista impugnado en casación venido a fs


MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García




VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Pascual Osina y Alejandra Valda de Osina a fs. 358-360, impugnando el Auto de Vista de fecha 17 de junio de 2002 de fs. 348-350, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Chuquisaca, en el proceso ordinario de fraude procesal seguido por los recurrentes contra la Compañía Comercial Boliviana S.A. (CIBO), representada por Luís Efraín Pérez, la contestación que surge a fs. 369-371, el auto de concesión de fs. 371 vlta., las excusas de los Sres. Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema, Dres. Kenny Prieto Melgarejo y Emilse Ardaya Gutiérrez corriente a fs. 375 y 376, todos los actuados del cuaderno procesal y,

CONSIDERANDO: Que el Auto de Vista impugnado en casación venido a fs. 348-350, confirma en forma total la sentencia de 1º de septiembre de 2001 de fs. 326-327 vlta., pronunciada en la especie por el Juez de Partido 1º en lo Civil-Comercial de la ciudad de Sucre, mediante la cual declara improbada la demanda de fs. 268-271 y probadas las excepciones perentorias de cosa juzgada, caducidad y prescripción, con costas, en aplicación de lo dispuesto por el art. 198-1) del Procedimiento Civil, sin lugar a declarar el fraude procesal