- CONSIDERANDO: Que dentro del proceso ejecutivo señalado al exordio, Ricardo Alberto Carrasco interpone tercería de
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Asimismo el parágrafo II del art
- Finalmente, cabe señalar que la tercería ha sido interpuesta dentro de un proceso ejecutivo, trámite
- Que, así lo ha establecido este Tribunal en sucesivos Autos Supremos que han sentado Jurisprudencia
- Consiguientemente, la competencia de este Tribunal Supremo no puede abrirse para la consideración del recurso
- POR TANTO: La Sala Civil de La Excma
- Se llama la atención al tribunal ad quem por no haber negado la concesión del
- Ministra Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 10 de septiembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
