Auto Supremo AS/0295/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2003

Fecha: 29-Sep-2003

En la especie, los actores han abandonado gestiones tendentes a dicha citación, que como acto


En la especie, los actores han abandonado gestiones tendentes a dicha citación, que como acto procesal de autoridad forma parte de la instancia, la que se abre antes que con aquella con la admisión de la demanda por parte del órgano jurisdiccional, en cuya virtud al haberse aplicado incorrectamente el contenido y teleología del art. 309 del supracitado Código, el tribunal ad quem ha incurrido en error de derecho, siendo susceptible de corrección por medio de la casación, habida cuenta que al interpretar la ley procesal, el Juez deberá tener en cuenta que el objeto del proceso es la efectividad de los derechos reconocidos en la ley sustantiva, máxime si la perención no extingue el derecho, pudiendo la parte intentar una nueva demanda en los términos del art. 311 del mencionado cuerpo legal