CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado precedentemente, recurre de casación el Ministerio Público
CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado precedentemente, recurre de casación el Ministerio Público con los fundamentos contenidos en fs. 116-117, acusando la violación del art. 48 de la Ley 1008, haciendo hincapié de que el bidón que contenía el ácido sulfúrico fue encontrado en el dormitorio de la procesada Zenobia Gonzáles, en cuya virtud solicita al Supremo Tribunal se sirva casar la resolución impugnada y deliberando en el fondo se declare a la incriminada, autora del delito de tráfico de sustancias controladas, condenándola a la pena de diez años de presidio en la cárcel pública de la ciudad, más multas, costas, daños y perjuicios a favor del Estado
- CONSIDERANDO: Que a fs
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado precedentemente, recurre de casación el Ministerio Público
- CONSIDERANDO: Que de la revisión detallada y análisis exhaustivo de los elementos y pruebas que
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- CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, al estar plenamente justificado el cuerpo del delito
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No siendo excusable el error, se establece como responsabilidad la suma de Bs
- No interviene el Ministro Dr
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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