En consecuencia, cuando en forma posterior, esto es el 24 de septiembre de 2001, HERMINIA
En consecuencia, cuando en forma posterior, esto es el 24 de septiembre de 2001, HERMINIA CONDORI FELIPEZ suscribe con Jorge Pérez Aguilar el documento de reconocimiento y cumplimiento de obligación que aparece a fs. 13, garantizando expresamente en su cláusula quinta con la segunda hipoteca de su bien inmueble, es imposible sostener que no tenía conocimiento de la existencia de la anotación preventiva cuando, como se ha visto, ésta le fue expresamente comunicada en el trámite del proceso ejecutivo seguido en su contra; habiendo de esa manera adecuado su conducta al tipo penal de estelionato
- RELATORA: MINISTRA DRA.-Virginia Kolle Caso
- CONSIDERANDO: Que, HERMINIA CONDORI FELIPEZ amparada en las disposiciones del artículo 421, numeral 4, inciso
- Con esos antecedentes, acompañando la documental que cursa en obrados de fs
- CONSIDERANDO: Que, admitido el recurso en cuanto hubiere lugar en derecho, de acuerdo con el
- A fs
- CONSIDERANDO: Que del análisis de la sentencia condenatoria ejecutoriada, se advierte que el fundamento de
- Este delito, descrito por el artículo 337 del Código Penal explica que la persona que
- CONSIDERANDO: Que en autos, como fundamento del recurso examinado, HERMINIA CONDORI FELIPEZ sostiene desconocer la
- En consecuencia, cuando en forma posterior, esto es el 24 de septiembre de 2001, HERMINIA
- Respecto del argumento también sostenido por la actora en sentido que la anotación preventiva que
- Que de acuerdo con lo precedentemente relacionado, se concluye que HERMINIA CONDORI FELIPEZ no ha
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, conociendo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Virginia Kolle Caso
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 28 de octubre de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
