En el informe de fs
En el informe de fs. 93-95, luego de una sucinta relación de los antecedentes del juicio penal fenecido, los recursos interpuestos y otras acciones instauradas en su contra por el demandante, señala haber dictado sentencia enmarcada estrictamente a la ley, sin que en momento alguno se haya vulnerado los derechos del demandante, toda vez que el querellante no demostró su posesión, mucho menos el pretendido despojo que acusó a Wilma Venegas. Asimismo, advierte que José Martínez Miranda, en el fenecido proceso penal, actuó con poder en representación de José Fernando Martínez Torres, consiguientemente no tuvo la calidad de litigante y al no contar con poder expreso, en la presente demanda carece de personería
- AUTO SUPREMO Nº 315 - Penal(Responsabilidad Civil) Sucre, 29 de Octubre de 2004
- PARTES: José Martínez Miranda c/ Tania Arcila Balderas Mostajo
- RELATOR: MINISTRO DR.-Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que José Martínez Miranda presenta demanda de responsabilidad civil contra la nombrada juez de
- CONSIDERANDO: Que admitida y corrida en traslado la demanda, la actualmente Juez de Partido Mixto,
- En el informe de fs
- CONSIDERANDO: Que el art
- En el sub lite, se evidencia que
- De lo anterior, se concluye que la decisión asumida por la Juez de Sentencia Nº
- Conforme al art
- Consecuentemente, la autoridad demandada enmarcó su actuación a ley
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dra. Virginia Kolle Caso
- Sucre, 29 de octubre de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara
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