Auto Supremo AS/0642/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0642/2004

Fecha: 20-Oct-2004

Quede los precedentes que se invocan como contradictorios, a los efectos de la tarea comparativa


Quede los precedentes que se invocan como contradictorios, a los efectos de la tarea comparativa con el auto de vista objeto de impugnación, ninguno de ellos expresan un sentido jurídico diferente a la aplicación de la norma que hace la Corte ad quem, la que al haber detectado la violación de los artículos 314, 315, 316 al 321 y 345 del Código de Procedimiento Penal, incurriendo en defectos absolutos contemplado en el artículo 169-3) del Código de Procedimiento Penal y defectos de sentencia previstos en los inc. 5) y 6) del artículo 370 del citado Cuerpo de Ley, ha procedido adecuadamente y con rigor legal en la decisión de anular la sentencia, conforme disponen los artículos 407 y 413 de la L. N° 1970