Auto Supremo AS/0328/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2004

Fecha: 01-Dic-2004

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad otorgada por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 744-746, ANULA obrados hasta el decreto de admisión de la demanda cursante a fs. 75 vlta., inclusive, debiendo el Juez A quo mandar subsanar las observaciones realizadas en el presente proceso. Sin responsabilidad por ser excusable