Auto Supremo AS/0049/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2004

Fecha: 09-Mar-2004

El caso subyace en la ocupación de los terrenos y su urbanización bajo el nombre


El caso subyace en la ocupación de los terrenos y su urbanización bajo el nombre de Villa Brígida, situada en la zona norte de la ciudad de Santa Cruz (U.V. 59) en una superficie de 157.606 M2., que dio mérito a que se pronuncie la Resolución de marras que en el fondo constituye una especie de "consolidación por vía de expropiación", que como medio derivativo de adquirir el derecho de propiedad, fuera incorporado en nuestra legislación civil bajo el concepto de dotar de vivienda a sectores carentes de ella y evitar que los terrenos permanezcan ociosos con la plus valía consiguiente; empero, como toda expropiación estando garantizado constitucionalmente el derecho de propiedad, bajo la obligación de cancelar al propietario el valor de los terrenos afectados por las construcciones. Una modificación a la accesión inmobiliaria establecida en el Código Civil vigente en la época (1954) sobre construcciones en terreno ajeno, con la finalidad de solucionar de alguna manera el problema social de la vivienda