Auto Supremo AS/0258/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2004

Fecha: 06-May-2004

Por consiguiente, los elementos relativos al informe pericial de fs


Por consiguiente, los elementos relativos al informe pericial de fs. 242, a los que se suman como reclamados el aguinaldo, vacaciones y bono de eficiencia, supuestamente omitidos en la calificación cuantificada por el tribunal ad quem, no corresponde su estimación a esta vía; sino que son componentes propios que por su naturaleza hacen al rubro de los beneficios sociales, los que deberán ser peticionados en el marco que prevé el art. 9 del Código Procesal del Trabajo. Es más, doctrinalmente los actos que han sido declarados nulos en un proceso, no se pueden reactivar en sus efectos legales, de ahí que el informe pericial de fs. 242, al haber sido anulado por disposición del Auto de Vista de fs. 264 y vlta. de 8 de agosto de 2001, no haya merecido su compulsa; por todo lo cual se infiere que no son ciertas ni evidentes las infracciones que se acusan por los recurrentes en sus memoriales venidos a fs. 317-319 y 322-324 de obrados