CONSIDERANDO: La sentencia de fs
RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos de fs. 541 a 545 por Flora Wilma Salvatierra Medina en representación legal de SHINRYO Sudamericana S.R.L., y el de fs. 547 a 550, por Varig Sucursal Bolivia S.A. representada por David Lanza Nolasco, ambos contra el auto de vista Nº 179/2002, pronunciado en fecha 27 de marzo de 2002, a fs. 537, por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el ordinario sobre devolución de suma de dinero, gastos, costas e intereses y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por SHINRYO Sudamericana S.R.L. contra VARIG Sucursal Bolivia S.A., los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: La sentencia de fs. 509 a 510, pronunciada por el Juez 12º de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, declara Probada en parte la demanda de fs. 76 a 78 e improbada la excepción perentoria de prescripción opuesta en el otrosí del memorial de conclusiones de fs. 425 a 430 y en consecuencia dispone que la Empresa demandada VARIG Sucursal Bolivia S.A. restituya dentro de tercero día a favor de la Empresa Shinryo Sudamericana S.R.L., la suma de $us. 6.720, mas intereses legales
- PARTES : SHINRYO Sudamericana S.R.L c/ VARIG Sucursal Bolivia S.A
- CONSIDERANDO: La sentencia de fs
- Fallo de primera instancia que recurrido en apelación por ambas partes, es confirmado por el
- El recurso de casación en el fondo interpuesto por la empresa demandante, sostiene, que el
- El recurso de casación de la empresa demandada, sostiene que no se ha apreciado ni
- CONSIDERANDO: Revisados los obrados, se evidencia que la empresa demandada a fs
- Que, el art
- De lo expuesto se infiere que el a quo y el tribunal de alzada no
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Ministra Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Proveído : Sucre, 23 de agosto de 2004
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
